Se obtiene en la ventanilla de la DAIP.
Los alumnos que pierdan la continuidad en sus estudios de acuerdo al RGEP no podrán solicitar este trámite.
Reglamento General de Estudios de Posgrado
Artículo 13.- El alumnado podrá permanecer inscrito en los plazos establecidos en el presente Reglamento. Si no concluye las actividades académicas obligatorias y optativas establecidas en el plan de estudios, el comité académico o el cuerpo colegiado encargado de la conducción del programa de especialización decidirá si procede su baja.
El comité académico o el cuerpo colegiado encargado de la conducción del programa de especialización, previa solicitud formulada por la o el alumno, podrá otorgar un plazo adicional de hasta dos semestres consecutivos inmediatos posteriores al plazo establecido en el plan de estudios correspondiente, para concluir los créditos y obtener el grado. En ningún caso este plazo excederá al 50% de la duración del plan de estudios.
En casos excepcionales, quienes hayan concluido actividades académicas obligatorias y optativas establecidas en el plan de estudios, podrán solicitar la autorización del comité académico, o el cuerpo colegiado encargado de la conducción del programa de especialización, para obtener el grado.
Normas Operativas del PUECBFM
Norma 24. Con base en el Reglamento General de Estudios de Posgrado las condiciones de permanencia en el Programa, que deben cumplir los alumnos del mismo, son las siguientes:
d) Si el alumno no obtiene el grado en los plazos establecidos en el plan de estudios, podrá solicitar al Comité Académico un plazo adicional de un semestre con el fin de concluir la totalidad de los créditos y obtener el grado. Dicha solicitud deberá contar con el aval, si es el caso, del tutor principal o por el Director de tesis o el responsable académico de la modalidad de graduación. La solicitud de prórroga deberá presentarse al Comité Académico, vía el Coordinador del Programa con anterioridad al inicio del período de inscripciones. En caso de que no obtenga el grado en el plazo anteriormente descrito el Comité Académico decidirá si procede la baja definitiva del plan de estudios. En casos excepcionales, el propio Comité podrá autorizar una prórroga con el único fin de que el alumno obtenga el grado.